Elige tu régimen y tu actividad para estimar tu ISR e IVA del año.
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💼 Tu actividadPendiente▾
Elige la que mejor describa tu negocio. Con esto sugerimos tu tasa de IVA y las retenciones que te aplican; puedes ajustarlas abajo.
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Los ingresos van en bruto (subtotal, sin IVA ni retenciones). Tu simulación se guarda en este navegador.
📊 Captura mensualPendiente▾
En "monto total" se asume que el gasto ya incluye IVA al 16%, así que lo deducible es el subtotal (monto ÷ 1.16). Si quieres que un gasto reste su valor completo a la base, usa "Desglosar subtotal + IVA".
📌 En RESICO tus gastos no reducen el ISR (se calcula sobre tus ingresos brutos), pero captúralos igual: su IVA sí se acredita contra el IVA a pagar.
📅 Resumen anual
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Ingresos totales
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Gastos deducibles
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IVA a pagar (neto)
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ISR a pagar (neto)
ℹ️ Capturaste gastos en modo "monto total" (con IVA incluido). Los totales muestran la base deducible (monto ÷ 1.16), que es lo que resta al ISR. La diferencia es IVA acreditable, que se resta del IVA, no del ISR.
ℹ️ Actividad exenta de IVA: no cobras ni pagas IVA, y el IVA de tus gastos no es acreditable — por eso se suma completo al gasto deducible de ISR.
💡 Tus clientes empresa ya te retuvieron estos montos durante el año (no los pagas de nuevo — ya van a cuenta de tus impuestos):
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IVA ya retenido
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ISR ya retenido
🏛️ Carga fiscal total estimada del año
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IVA + ISR a pagar
Simulación informativa con tarifas 2026. Persona física en Actividad Empresarial y Profesional: ISR anual con la tarifa del art. 152 LISR sobre (ingresos − deducciones autorizadas), acreditando la retención del 10% por servicios profesionales pagados por personas morales (art. 106, último párrafo, LISR). RESICO persona física: pagos mensuales sobre ingresos cobrados sin deducciones (tabla del art. 113-E LISR, 1% a 2.5%), considerados definitivos conforme a la facilidad de la RMF vigente, acreditando la retención del 1.25% (art. 113-J LISR). Persona moral RESICO: 30% sobre utilidad. Persona moral régimen general: ingresos nominales × coeficiente de utilidad × 30% (art. 14 LISR). Retención de IVA: 2/3 del impuesto trasladado (10.67%) por servicios personales independientes prestados a personas morales (art. 1-A, frac. II, inciso a) LIVA y art. 3 RLIVA); no aplica a venta de bienes. Actividades exentas: el IVA de los gastos no es acreditable (art. 5 LIVA) pero sí deducible para ISR (art. 28, frac. XV, LISR). Los montos reales dependen de tu situación. Consulta con tu contador Digitax.
⚖️ Comparativa de regímenes
Con los mismos ingresos y gastos que capturaste en el Simulador, así quedaría tu ISR anual en cada régimen. Sirve para decidir entre RESICO y Actividad Empresarial y Profesional, o si te conviene pasar a empresa.
Captura ingresos en la pestaña Simulador para ver la comparativa.
El IVA es idéntico en todos estos regímenes, por eso la comparación es solo de ISR. En PF RESICO el ISR se calcula sobre ingresos brutos sin deducciones: por eso gana cuando tus gastos son bajos y pierde cuando son altos.
Comparativo informativo de ISR anual (vigente 2026). "PF · Actividad Empresarial y Profesional" = tarifa anual del art. 152 LISR sobre utilidad. "PF · RESICO" = suma de pagos mensuales del art. 113-E (1% a 2.5% sobre ingresos brutos, sin deducciones); requiere ingresos ≤ $3.5M al año y no ser socio o accionista de personas morales, entre otros requisitos. "Empresa · RESICO" = persona moral, 30% sobre utilidad, tope $35M. "Empresa · régimen general (coeficiente)" = ingresos × coeficiente de utilidad × 30%. No incluye IVA (igual en todos), ni costos propios de ser empresa (contabilidad, nómina e IMSS, PTU 10%, obligaciones formales). No es asesoría fiscal: valídalo con tu contador Digitax.